Consejos para viajar en avión


CONSEJOS  EN CASO DE VIAJAR EN AVIÓN
¿Los niños pueden viajar sin DNI?, ¿qué pasa si hay «overbooking», ¿la bolsa del duty free cuenta como equipaje de mano?
El aeropuerto siempre es un trance lleno de trampas, desde los tiempos de espera a la documentación necesaria. Cualquier comienzo de un viaje puede convertirse en un quebradero de cabeza si no se toman las debidas precauciones. Problemas con el peso del equipaje, documentación o el temido «overbooking» pueden arruinar la escapada.
Equipaje de mano
Una de las dudas más frecuentes es la de saber con cuántos bultos se puede embarcar y si se puede embarcar con una bolsa de mano y la típica bolsa del «duty free». Por bien, la ley de navegación aérea establece en su artículo 97 que el pasajero podrá transportar además de su equipaje de mano, los bultos y enseres que lleve consigo, no teniendo éstos la consideración de equipaje, por lo que sí tendría derecho a llevar bolsas del duty free
Aena aclara que «está permitido embarcar con una bolsa de sus tiendas, además de su equipaje de mano y debe realizarse de manera gratuita». Es una disposición aplicable sólo a vuelos con salida/origen España. Ryanair ha tenido que acatar esta disposición y desde el pasado 1 de diciembre de 2014 ya permite un segundo bulto en cabina.

Cambio de titularidad del billete
Los billetes son siempre nominativos, es decir, emitidos a nombre de una persona concreta, por lo que si se desea cambiar la titularidad de los mismos habrá que tener en cuenta las condiciones establecidas para la compra de dicho billete por cada aerolínea. Normalmente, existen tarifas en los billetes -pagando un plus- que dan la opción de cambiar el nombre.

Documentos para viajar con menores
La obligatoriedad de disponer del Documento Nacional de Identidad (DNI) es para los mayores de 14 años residentes en España. Así que, de acuerdo al Plan Nacional de Seguridad, aprobado en 2012, los menores de 14 años pueden volar a destinos nacionales (no UE) sin DNI, siempre que viajen con sus padres y estos lleven el libro de familia.
Ryanair se opuso a esta medida exigiendo que también los niños, incluso los bebés, tuvieran pasaporte o DNI para viajar. Aunque inicialmente los juzgados le dieron la razón, hubo un cambio de criterio en los tribunales y se empezó a condenar a la aerolínea masivamente por esta práctica.
Volar con documentos caducados
El plan de seguridad anteriormente citado señala que en vuelos nacionales o comunitarios se puede volar con el DNI o pasaporte aunque esté caducado. No siendo así en  el extranjero. Esto dependerá de la política de cada país.

Volar con el billete de vuelta si no se utiliza la ida
Es la famosa cláusula «no show», por la que si alguno de los trayectos comprados no se usa, automáticamente se cancelan los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete. Tras numerosas denuncias de consumidores, el Tribunal Supremo la ha declarado ilegal prohibiendo su aplicación en España. Está previsto incluir esta modificación en la reforma del reg 261/2004.
De todas maneras la opción más conveniente es contactar con información al cliente de cada compañía con la finalidad de verificarlo personalmente.

 Cambio de vuelo no notificado
La compañía está obligada a notificar cualquier alteración en las condiciones de transporte, por lo que si no lo informa fehacientemente al cliente, supondrá un incumplimiento contractual. Ni que decir tiene que en los casos en los que el cliente se presente al embarque a la hora inicialmente fijada y no se le permita viajar. En este caso tendrá derecho a las compensaciones establecidas por Ley. 
Si el cliente ha comprado el vuelo a través de una agencia de viajes, será ésta quien informe al cliente de los cambios. A su vez, la aerolínea será quien notifique al establecimiento las modificaciones del vuelo.

¿Qué pasos seguir en caso de un retraso o una cancelación?
Los pasajeros tienen derecho a reclamar si el vuelo se retrasa más de 3 horas. En este caso, le corresponde una indemnización de entre 250 y 600 euros, según la distancia y el motivo principal del retraso.
Para diferenciar entre retraso o cancelación hay que mirar el número de vuelo. Si éste cambia, se trata de una cancelación. Si el usuario tiene una tarjeta de embarque y le dan otra, se trata también de una cancelación. Al contrario, si vuela con la misma tarjeta de embarque que se tenía desde el inicio, entonces se trata de un retraso.

¿Cuál es la hora límite para embarcar?
La hora límite para embarcar no está prefijada en ninguna norma son las aerolíneas las que normalmente marcan un límite por ejemplo Ryanair de 30 minutos y Vueling de 10. Lo que sí está prefijado es la hora límite para facturar equipaje y obtener la tarjeta de embarque: 45 minutos. Este tiempo límite puede extenderse si lo establece la compañía en sus condiciones  de transporte. Por ejemplo, en vuelos a EE.UU. o a Israel, que exigen que el viajero esté en el aeropuerto hasta 2 horas antes por el control de seguridad.

Fuente: Seguros de viaje marta

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