Los partes de entrada y el registro de viajeros son documentos esenciales para cualquier alojamiento turístico en España.
Partes de Entrada de Viajeros
El parte de entrada es un documento que recoge información tanto del alojamiento como del huésped. Según el Real Decreto 933/2021, los datos que deben incluirse son:
- Datos del alojamiento: Nombre o razón social, CIF o NIF, dirección completa, teléfono, correo electrónico, etc.
- Datos del viajero: Nombre completo, número de documento de identidad (DNI, pasaporte, TIE), nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia habitual, teléfono, correo electrónico, etc.
- Datos de la transacción: Número de referencia del contrato, fechas y horas de entrada y salida, tipo de pago, etc.
Registro de Viajeros
El registro de viajeros es un libro donde se almacenan todos los partes de entrada. Este registro debe mantenerse actualizado y estar disponible para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad durante un período de tres años.
Cumplimentación y Firma
Los partes de entrada pueden ser cumplimentados manual o electrónicamente y deben ser firmados por los viajeros. La firma puede ser recogida de forma telemática.
Plataformas y Herramientas
El Ministerio del Interior ha habilitado la plataforma SES.HOSPEDAJES para facilitar el registro documental y la comunicación de datos a las dependencias policiales.
Sanciones
El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con los partes de entrada y el registro de viajeros puede acarrear sanciones significativas en España. Las multas varían según la gravedad de la infracción:
- Infracciones leves: Multas de 100 € a 600 €.
- Infracciones graves: Multas de 601 € a 30.000 €.
Además de las sanciones económicas, el incumplimiento puede llevar a problemas legales adicionales y afectar la reputación del establecimiento.
Fuente principal: raixer